Nuevas Tecnologías

Se aprueba la ley de Blockchain y Criptomoneda de Andorra

By
Martí Periago
on
November 1, 2022

El Consejo del principado de Andorra ha aprobado la Ley de blockchain y criptomonedas. El acuerdo fue el pasado 30 de junio de 2022 y la ley fue publicada en el Diario Oficial el 20 de julio de 2022 y entrará en vigor el 20 de octubre de 2022.

La Ley de Activos Digitales fue aprobada el pasado 30 de junio por el Consejo General del Principado de Andorra. El pasado 30 de junio, el Consejo General de Andorra aprobó el marco normativo del Blockchain y las monedas digitales a través del "Proyecto de ley de representación digital de activos mediante el uso de criptografía y tecnología de libro mayor distribuido y blockchain" (en adelante, la "Ley de Activos Digitales").

Admitida a trámite parlamentario el 27 de enero de 2021, tras 17 meses, 14 prórrogas y un total de 38 enmiendas, una vez que entre en vigor, la Ley de Activos Digitales regulará cuestiones tan amplias como: La emisión pública y privada de activos digitales, la representación de activos digitales, los tokens, las diferentes categorías de activos digitales y su régimen jurídico.

Las entidades y participantes regulados en el ecosistema de la TECNOLOGÍA Blockchain, incluyendo las disposiciones específicas contra el blanqueo de capitales, su autorización, supervisión y control en la representación de activos digitales, el capital que deben tener desembolsado en efectivo para poder ejercer la actividad, y el seguro de responsabilidad civil profesional y de administradores para poder ejercer la actividad, así como los mecanismos de control interno.

La licencia para el ejercicio de la actividad, el procedimiento de registro previo a la actividad, la revocación de la licencia y el ejercicio de la actividad. El régimen jurídico de la emisión de la representación de activos digitales, así como de los participantes en la representación de activos digitales, en particular las plataformas de negociación de activos digitales, los custodios de la representación de activos digitales, y el régimen jurídico de otras actividades como las instituciones de inversión colectiva (IIC). La descentralización de los ecosistemas y las nuevas formas de financiación descentralizada (DeFi).
Los contratos legales inteligentes y los smart contracts con implicaciones legales. La supervisión de las actividades por parte de la Autoridad Financiera Andorrana (en adelante, la "AFA") y el Departamento de Policía (teniendo en cuenta la normativa contra el blanqueo de capitales que considera activos de alto riesgo los tokens y las criptodivisas). El régimen aplicable de infracciones y sanciones derivadas. El régimen del impuesto sobre la renta aplicable a las plusvalías derivadas de las operaciones con tokens. Dado que el tratamiento en el IRPF de estos activos no estaba claramente regulado en la legislación fiscal, la ley incluye algunos aspectos fiscales para aclarar algunos puntos grises. Sin embargo, el texto final ha dejado fuera una parte importante del texto original, la regulación de los activos digitales como instrumentos financieros. La razón principal fue una petición de la AFA, que solicitó más tiempo para prepararse, tanto en términos de recursos como de experiencia, para llevar a cabo una supervisión adecuada en este campo. En consecuencia, Andorra no considera la tecnología Blockchain, los tokens y las criptomonedas como activos financieros y claramente no forman parte del sistema financiero.
Así pues, la implantación de blockchain y criptomonedas en Andorra se producirá finalmente en dos fases: por un lado, la tokenización de los activos digitales en ecosistemas cerrados, que será posible a través de la aprobación de la Ley de Activos Digitales; y, por otro, la generalización de los activos digitales como instrumentos financieros, para lo cual la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Activos Digitales impone al Gobierno de Andorra la obligación de elaborar, en el plazo de 12 meses desde su entrada en vigor, un Proyecto de Ley que regule la emisión y prestación de servicios vinculados a los activos digitales, blockchain y criptomonedas que puedan ser considerados instrumentos financieros.

Lo que está claro es que, aunque se ha decidido separar la evolución del sector de la economía digital en dos fases, y aún queda un largo camino legislativo y reglamentario por delante, la aprobación de la Ley de Activos Digitales supone un paso importante hacia la diversificación económica y la transformación digital del Principado de Andorra, posicionando al país en la vanguardia de una carrera internacional por atraer importantes inversiones extranjeras, talento cualificado y nuevos modelos de negocio a una sociedad cuyo paradigma está en constante cambio.